DOCUMENTACIÓN NECESARIA
- DNI, TARJETA DE RESIDENCIA o PASAPORTE de HEREDERO/S y LEGATARIOS/S. Todos ellos deben tener NIF o NIE. Si uno de ellos es SOCIEDAD, escrituras de nombramiento de administrador o apoderado.
- DOCUMENTACIÓN DE LOS BIENES PERTENECIENTES AL CAUSANTE:
- DINERO y PRODUCTOS FINANCIEROS: Se aportan CERTIFICADOS BANCARIOS con los saldos y posiciones a la fecha del fallecimiento.
- BIENES INMUEBLES: Escritura de propiedad y/o Nota Simple. Último recibo de IBI.
- PARTICIPACIONES EN SOCIEDADES, VEHÍCULOS y otros BIENES MUEBLES: la escritura o título de propiedad; para vehículos, marca, modelo; incluyendo su matrícula.
- TÍTULO SUCESORIO: Es el documento en el que se determina quién es el heredero y en qué proporción. Puede ser:
A) TESTAMENTO: Se necesita la copia autorizada junto al certificado de defunción y Últimas Voluntades del causante.
B) ACTA DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS. Cuando la persona haya fallecido sin testamento. Se tramita previamente.



